Retraso mental
Basándonos en los criterios establecidos por el DSM-IV, son necesarias tres condiciones para establecer un diagnóstico:
Capacidad intelectual significativamente inferior al promedio, esto es un CI (cociente intelectual) inferior o igual a 70, obtenido mediante uno o varios tests de inteligencia realizados de manera individual.
Deterioro significativo de la capacidad adaptativa en, al menos, dos de las siguientes áreas: comunicación, cuidado personal, vida doméstica, habilidades sociales e interpersonales, autocontrol, habilidades académicas, trabajo, ocio, salud o seguridad.
El inicio es anterior a los 18 años.
Según el DSM, pueden haber cuatro grados de intensidad en el retraso mental, según su nivel intelectual.
Retraso mental leve | CI entre 50-55 y 70 |
Retraso mental moderado | CI entre 35-40 y 50-55 |
Retraso mental grave | CI entre 20-25 y 35-40 |
Retraso mental profundo | CI inferior a 20 ó 25 |
- Según la profundidad del retraso mental influirá disminuyendo la posibilidad de que la persona realice actos delictivos.
- Según la modalidad, los casos de retraso mental con erectismo dan lugar a mayor conflictividad que los tórpidos.
Cabe mencionar también la facilidad con la que estas personas pueden ser manipuladas por otros sujetos, pudiendo ser inducidos a delinquir según las influencias de terceros. No obstante, suele ser más común que estas personas sean víctimas de delitos antes que ejecutores.
Para medir el grado de imputabilidad, exceptuando en casos de retraso mental profundo en los que apenas existe lugar a dudas del completo eximiente de culpabilidad, es necesario evaluar el tipo de delito efectuado y el grado de retraso mental del acusado, teniendo siempre en cuenta las características situacionales y al caso en concreto.
Así, en casos de retraso mental leve, no podrá considerarse eximiente en casos de abuso sexual, en los que apenas es necesario un nivel intelectual para comprender su ilicitud.