La peritación psicológica tiene como objetivo fundamental el establecimiento de la imputabilidad. Es el intento de determinar el estado mental y la posible influencia de psicopatologías lo que origina la mayor parte de intervenciones de psicólogos en este ámbito. Desde la redacción del primer código penal se contempla la posibilidad de inimputabilidad del acusado, en caso de que sufra ciertas alteraciones psicológicas en el momento de cometer el acto delictivo.
Concepto de imputabilidad:
La ley penal describe comportamientos que desea prevenir y para ello les señala penas que varían según su gravedad y peligrosidad. Sin embargo, contempla la posibilidad de eximentes que conviertan estos comportamientos en lícitos. El fundamento común a las causas de justificación es que suponen la concurrencia de un interés que la ley considera más importante que el interés en evitar la conducta lesiva.
La imputabilidad se define como la capacidad de comprender que sus conductas y acciones lesionan los intereses y el bienestar de sus semejantes, asi como de actuar de un modo coherente a ello.
Entre los factores que actúan como eximentes de responsabilidad, se encuentran, por un lado, las causas de justificación, que son los actos normalmente ilegales, cometidos en legítima defensa, en estado de necesidad o en ejercicio de un derecho o un deber; y por otro lado, la falta de culpabilidad, que pueden ser debido a casos de enfermedad mental, retraso mental alteraciones en la percepción, o un miedo insuperable de un mal igual o mayor. Dependerá de las circunstancias que rodeen al caso para poder determinar si es posible aplicar la inimputabilidad en alguno de sus grados, o si, por el contrario, el acusado debe ser condenado.
En este caso, nos centraremos en la cuestión de la imputabilidad basada en la posibilidad de que exista un trastorno mental que esté relacionado con el cuerpo del delito.
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